El artículo 9 del proyecto dice que, «Los medios de comunicación tienen derecho a preservar las informaciones veraces y de interés público que hayan difundido y a mantenerlas accesibles en línea, no estando estas sujetas a la garantía del hábeas data, sino al ejercicio del derecho de rectificación o respuesta».
Abogados y periodistas se reunieron este miércoles en un conversatorio para compartir sus perspectivas sobre el proyecto de ley de libertad de expresión, el cual busca sustituir la actual Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento, vigente desde 1962.
El encuentro, titulado “Análisis sobre la nueva ley de libertad de expresión y medios digitales: ¿Regulación o censura?”, se llevó a cabo en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), con la participación de estudiantes de distintas carreras interesadas en los temas de comunicación y derecho.
Parte periodística
Bajo la moderación de la periodista Edith Febles, el director del periódico Acento, Fausto Rosario, fue el primero en intervenir. Consideró que la modificación de la Ley 6132 responde a una necesidad histórica, ya que dicha normativa fue aprobada en un contexto completamente distinto, cuando no existían las plataformas digitales actuales.

Rosario aclaró que, “no es que se regulen a los medios de comunicación, es que se regulen los mensajes”, explicando que toda persona debe asumir las consecuencias civiles de lo que exprese públicamente si causa daño a otro.
Insistió además en que no se trata de censura previa, sino de una responsabilidad posterior ante la justicia civil, donde el castigo, dijo, “debe ser por el bolsillo”, no con prisión.
A continuación, tomó turno el director del periódico Diario Libre, Aníbal de Castro, quien declaró que el proyecto de ley resulta necesario y beneficioso para los periodistas, mas no para los “comunicadores”, término que, aclaró, le disgusta “porque no lo son”.
De Castro sostuvo que es contradictorio que los propios periodistas, siendo beneficiarios directos de la libertad de prensa, promuevan cualquier forma de censura.
“Mal podríamos nosotros propugnar por la censura o por limitaciones a ese derecho”, expresó.
Al referirse al uso de la mentira en los medios, explicó que existe una línea entre decir algo falso y afectar la honra de una persona.

“Yo no critico que se hable mentira. Yo creo que hablar mentira también es un derecho, siempre y cuando esa mentira no ocasione un daño social”, afirmó.
Y puntualizó: “Hay un largo trecho entre hablar mentira y ofender a una persona”, destacando que cuando una falsedad se convierte en calumnia o difamación, deben existir consecuencias legales claras.
Parte jurídica
Luego tomó la palabra la abogada Jimena Conde, doctora en Derecho, profesora de la PUCMM e integrante de la Comisión Consultiva de la Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales.
Rechazó que el proyecto atente contra la libertad de expresión y explicó que regular no es censurar. Más bien, dijo, se trata de una herramienta para garantizar que este derecho se ejerza con responsabilidad y sin abusos.
“Esto es lo que pretende en parte regular el proyecto de ley: que no haya un descontrol de la información, porque en ese contexto no es libertad, sería ya un abuso”, afirmó.
Conde también advirtió sobre el poder que pueden tener los medios de comunicación. Como ejemplo, citó el caso de Ruanda, donde una campaña mediática de odio promovida por radio y prensa incitó a un genocidio que acabó con un millón de personas en solo 100 días.

Comparó esa experiencia con el impacto actual de las redes sociales, que definió como “plataformas donde todos estamos pegados”, y advirtió que su potencial de manipulación también puede tener consecuencias graves.
Por último, recomendó a los presentes leer el proyecto o al menos revisar el artículo 9, el cual, según dijo, muestra que “no es una ley mordaza”. El artículo establece lo siguiente:
Artículo 9. Archivos informativos. Los medios de comunicación tienen derecho a preservar las informaciones veraces y de interés público que hayan difundido y a mantenerlas accesibles en línea, no estando estas sujetas a la garantía del hábeas data, sino al ejercicio del derecho de rectificación o respuesta.
Artículo 9 del proyecto de ley de libertad de expresión
Luego intervino el abogado Eric Raful, también miembro de la Comisión Consultiva, quien se centró en los puntos más controversiales del proyecto.
Raful alertó que existe un error de percepción generalizado sobre esta propuesta, alimentado por sectores que buscan operar sin regulación y que han llegado a calificarla de “ley mordaza”.
Aclaró que “no es una guerra entre redes sociales y medios tradicionales”.
Además, reprochó que se ignore el hecho de que aún existe la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos, que prohíbe contenidos sin justificación legal y, según dijo, opera “como un verdadero monstruo ‘Leviatán’ sin ningún control legal”.

También mencionó un caso reciente en el que una plataforma digital amenazó al periódico LISTÍN DIARIO con eliminar su archivo si no retiraban un contenido que es veraz.
Señaló que el artículo 9 del proyecto prevé este tipo de situaciones y protege el derecho de los medios a conservar y publicar informaciones veraces de interés público.
Fuente: Listin Diario

