Escrito Por: Nassef Perdomo Cordero
La semana pasada, la Junta Central Electoral (JCE) hizo público el reglamento con el que pretende regular la realización y publicación de encuestas en materia electoral, prohibiéndolas antes de que se abra la precampaña. Este reglamento, aunque emitido en ejercicio de la facultad reglamentaria que la Constitución le otorga, adolece de fallas gravísimas que le impiden superar un análisis de su constitucionalidad.
Para entender los problemas de ese reglamento entendamos lo siguiente: según los artículos 74 y 212 constitucionales, los derechos fundamentales pueden ser objeto de limitación únicamente mediante leyes orgánicas. Por lo tanto, aun sean constitucionales, la existencia de facultades reglamentarias no son un cheque en blanco que permita a la institución que las ejerce erigirse en sustituto del legislador.
Es esto lo que hace la Junta cuando pretende regular las encuestas que los medios de comunicación realizan en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. Una cosa son las encuestas que los partidos usan para escoger candidatos, cuya regulación tiene sentido por afectar la vida interna de las asociaciones políticas, y otra muy distinta es pretender convertirse en ama y señora de cómo los medios de comunicación ejercen la libertad de expresión.
Es de notar que esta libertad de expresión de los medios es sólo una cara de la moneda, puesto que lo reconocido por el artículo 49 constitucional es tanto el derecho a expresarse como a informarse. De tal forma que el proceder de la Junta viola el derecho de los medios a expresarse, pero también el de los ciudadanos a informarse.
Yerra también la Junta al crear un deber de “habilitación” de las encuestadoras frente al órgano que no tiene otro sustento que su propia voluntad, puesto que a lo que manda la ley es a registrarse, que no es lo mismo. También crea sanciones por vía reglamentaria, algo que ha sido expresamente rechazado por el Tribunal Constitucional en otros casos.
La razón de todo esto es obvia: con la excusa de controlar la campaña a destiempo, la Junta aspira a un control de la información que va más allá de lo establecido por el legislador, que sólo prohíbe las encuestas en los ocho días anteriores a las elecciones.
Al paso que vamos, la Junta querrá volver a las cadenas nacionales obligatorias, a menos que encuentre un freno en los tribunales de la República.
Fuente: EL DIA

