El Tribunal Constitucional dio a conocer las sentencias.
SANTO DOMINGO.-A poco más de tres años de haber sido promulgadas, la Ley de Régimen Electoral 15-19 y la Ley de Partidos Políticos 33-18, continúan siendo desmembradas por las altas cortes tras ser considerados artículos y párrafos no conformes con la Constitución.
El Tribunal Constitucional declaró como inconstitucional el artículo 99 de la Ley Electoral que facultaba a la Junta Central Electoral a trabajar en la automatización progresiva del proceso de votación.
Fueron anulados también el artículo 123 de le Ley 15-19 que por igual, facultaba a la JCE a tomar acciones en lo referente al voto en el exterior y el párrafo del artículo 52 de la Ley 33-18 que facultaba a los partidos políticos a utilizar el formato del sistema automatizado de la Junta Central Electoral para el depósito de las candidaturas a ser inscritas tanto en la Junta Central Electoral como en las juntas electorales.
Lo manual
La JCE ha decidido volver al voto manual para las elecciones del 2024 y tras el antecedente fallido del pasado 2020. No obstante, partes del proceso corren con automatización como lo es la transmisión de resultados por lo que, una vez sea emitida la sentencia del TC, los del pleno deberán decidir en qué medida afecta dichos planes, que involucran utilizar los escáneres del 2016.
— Reforma
La Ley 15-19 y la 33-18 están en proceso de ser reformadas. En las cámaras legislativas reposan ya más de una iniciativa y se esperan sean aprobadas con suficiente antelación a las elecciones del 2024.
Límite para ser profesor
Límite. El Tribunal Constitucional emitió una sentencia con la que declara inconstitucional el límite de edad para ser profesor en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). El requisito era como límite de edad los 50 años para ingresar como académico.
Fuente: El Día