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Consideran se puede suspender vigencia de la Ley de Extinción

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Escrito Por: Abed-nego Paulino

El jurista Nasseff Perdomo y el senador Pedro Catrain ven legal que la aplicación de la pieza sea movida de fecha

A pesar de que ayer entró en vigencia la Ley 340-22 que regula el Proceso de Extinción de Dominio de Bienes Ilícitos (Ley de Extinción de Dominio), legisladores y juristas consideran que aún se puede mover de fecha su aplicación.

La reacción es en el marco de que en el Senado cursa una iniciativa, ya aprobada en la Cámara de Diputados, que busca modificar el artículo 107 de la referida Ley para prorrogar por seis meses su entrada en vigencia. Con ello los diputados buscaban tener más tiempo para adecuar y sancionar el proyecto de ley sobre bienes incautados, un complemento de la referida legislación.

Se pronunciaron sobre el tema Nassef Perdomo, doctor en Derecho Constitucional; y Pedro Catrain, senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Perdomo considera que aunque la Ley 340-22 entró en vigencia este 28 de julio, la Cámara Alta, si así lo quiere, puede suspender la aplicación, mediante la aprobación del pliego legislativo que busca postergar su entrada en vigencia para el 28 de enero del 2024.

“No, eso es que no quiere el Senado, pero otra cosa es que no se pueda”, precisó el experto en leyes, a la reacción de congresistas que sostienen que esto no es posible. “Una cosa es que ellos no quieran, y otra cosa es que no se pueda”, reiteró.

De su lado, Catrain, quien presidió la comisión bicameral que trabajó la Ley de Extinción de Dominio, aunque secunda a Perdomo en su planteamiento, fue enfático en señalar que no está de acuerdo con una eventual prórroga del plazo.

Argumentó que la Ley no se va a modificar. Recordó que esperó para su entrada en ejecución, tiempo suficiente para presentar cualquier propuesta de modificación, pero sin embargo, no se hizo. “Sería una gran incoherencia postergar más la Ley”, precisó.

Posición de otros

Al opinar sobre el tema, Yván Lorenzo y Ramón Rogelio Genao, voceros en la Cámara Alta de los bloques de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Reformista Social Cristiano (PRSC), respectivamente, creen que a partir de este viernes 28 de julio ya no procede postergar la entrada en vigencia de la controversial Ley.

Genao dijo que la figura de “vacatio legis” es típica en el parlamentarismo, pero que no existe ningún precedente de que se aplace una ley después de su entrada en vigencia.

“Esa ley está en vigencia ya, y ese proyecto que vino de la Cámara de Diputados, ahora, automáticamente lo que manda es rechazarlo, porque tú no puedes poner en suspenso una ley que está vigente; no puedes detener una ley, ya tú te pronunciaste como Congreso. Ese proyecto no tiene sentido”, ponderó.

El senador de La Vega señaló que después de la entrada en vigor de la normativa, no procede mantenerla en suspenso, “eso no existe”.

De forma similar comentó el portavoz peledeísta en la Cámara Alta, quien dijo: “Ya no hay vuelta atrás. Tú puedes solicitar el aplazamiento, hasta que no entre en vigencia, pero una vez entró en vigencia, ya es una ley”, sostuvo.

¿Por qué el Senado no aprobó el proyecto reformador?

Por otra parte, el senador Yván Lorenzo cree que el Senado no se abocó a conocer y aprobar el proyecto de ley que busca aplazar la entrada en vigencia de la Ley 340-22, como hizo la Cámara de Diputados, porque no contaba con los votos necesarios para hacerlo, al tratarse de una ley orgánica.

El representante de Elías Piña afirmó que en la sesión del pasado lunes alertó a los legisladores de oposición de una supuesta intención del Gobierno y de la bancada oficialista de someter y convertir en ley el proyecto modificador, logrando tronchar el propósito.

Explicó que cuando avisó del plan y dijo que se opondría a votar a favor del aplazamiento de la entrada en vigencia de la Ley, los senadores de partidos de oposición se unieron a él, lo que -según él- obligó a los perremeístas y aliados a desistir del intento. “Ellos no tenían mayoría calificada, no tenían los votos suficientes, porque cualquier modificación a esa pieza tenía que ser con una mayoría calificada, y ellos no la tenían”, subrayó.

Contrario a Lorenzo, su homólogo Ramón R. Genao ponderó que el proyecto reformador se envió a comisión porque así establecen los reglamentos, además de que ningún legislador pidió que sea liberado de trámite y se conozca. Explicó que la única forma para refrendar el aplazamiento de la aplicación de la Ley el pasado miércoles era pedir que la iniciativa sea liberada de trámites y declarada de urgencia.

Posturas sobre si la Ley de Extinción de Dominio “cojea” o no

El senador Ramón R. Genao no cree que por el retraso de la aprobación del proyecto sobre bienes incautados, la Ley de Extinción de Dominio esté “coja” y no pueda aplicarse, como se ha dicho.

Considera que pese a la ausencia de esa legislación, la Ley sí se puede aplicar, porque existen entidades en el país que administran los bienes incautados.

En ese sentido, hizo un llamado al Ministerio Público, al Poder Judicial y a la comunidad de abogados para que “aceleren el paso” y se formen con la Ley. Asimismo, se dirigió a la población, para que se empape de la pieza, porque “están obligados” a cumplir sus preceptos.

De su lado, Nassef Perdomo manifestó que la referida legislación sí prevé un régimen institucional para su aplicación, que aunque “no es bueno”, lo contempla.

Dijo que el proyecto de bienes incautados ordena crear el “Incabide” (Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio), una entidad más compleja que las que consigna la Ley de Extinción de Dominio. Destacó que tanto la Ley como el proyecto tienen aspectos que deben ser revisados.

Al ofrecer su versión, el senador Pedro Catrain expuso que la Ley 340-22 y la iniciativa sobre bienes incautados son dos leyes independientes. Cree que tiene los mecanismos para funcionar bien. Subrayó que el proyecto de ley busca regular la distribución de los bienes decomisados a través de un nuevo organismo que va a distribuir el dinero para lucha contra la corrupción, el narcotráfico y planes sociales. Destacó que en la actualidad hay alrededor de 80 millones de dólares incautados que, de sancionar la pieza, serían para hacer un buen servicio al país.

Se recuerda que la Ley de Extinción de Dominio cursó en el Congreso desde el año 2014. La iniciativa perimía al no lograr un consenso entre los legisladores. Sus primeros proponentes fueron los peledeístas Julio César Valentín; Adriano de Jesús Sánchez y Charles N. Mariotti. La legislación se introdujo el 11 de marzo del 2014 y perimió el 12 de enero del 2015; fue reintroducida ese mismo año, pero perimió el 12 de enero del 2016 (tiempo en que cierra la segunda legislatura). Ese año, en 2016, fue depositada por tercera ocasión, se logró su aprobación en segunda lectura el 05 de julio, sin embargo, perimió en la Cámara de Diputados. Finalmente, el órgano bicameral la convirtió en ley en el año 2022.

Reintroducen proyecto de ley sobre bienes incautados y decomisados

Ramón Rogelio Genao informó que junto a al senador Félix Bautista (FP-San Juan) reintrodujo el proyecto de ley para la administración de bienes incautados, secuestrados, abandonados, decomisados y en extinción de dominio, el cual perimió la noche del pasado miércoles en la Cámara Baja.

Genao señaló que en esta legislatura extraordinaria el Senado liberará la iniciativa de todo trámite y la someterá a votación en dos sesiones consecutivas, para remitirla a la Cámara de Diputados. Dijo que es probable que a partir de esta semana que entra suceda esto. “Lo que nosotros buscamos con esto es salvar el trabajo del Senado y el que haya hecho la comisión especial de la Cámara de Diputados, que fue el sitio en donde perimió (…). Procurar que se conozca la ley antes del 15 de agosto”, expuso.

La legislación siempre ha dado de qué hablar

La Ley de Extinción de Dominio ha dado de qué hablar desde que era un proyecto. Entre los debates que más se dieron a conocer, destaca el sí era o no una ley retroactiva; orgánica u ordinaria. Fuerza del Pueblo (FP). La Ley fue una fusión de dos iniciativas legislativas, una de ellas propuesta del senador Antonio Taveras (PRM); y la otra de los senadores Félix Bautista (FP), Yván Lorenzo (PLD) y José Del Castillo (PLD). La pieza tiene por objetivo regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos; establecer el procedimiento que permita hacer dicho instituto efectivo; y definir las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación.

Fuente: el Caribe

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Escrito Por: Abed-nego Paulino

El jurista Nasseff Perdomo y el senador Pedro Catrain ven legal que la aplicación de la pieza sea movida de fecha

A pesar de que ayer entró en vigencia la Ley 340-22 que regula el Proceso de Extinción de Dominio de Bienes Ilícitos (Ley de Extinción de Dominio), legisladores y juristas consideran que aún se puede mover de fecha su aplicación.

La reacción es en el marco de que en el Senado cursa una iniciativa, ya aprobada en la Cámara de Diputados, que busca modificar el artículo 107 de la referida Ley para prorrogar por seis meses su entrada en vigencia. Con ello los diputados buscaban tener más tiempo para adecuar y sancionar el proyecto de ley sobre bienes incautados, un complemento de la referida legislación.

Se pronunciaron sobre el tema Nassef Perdomo, doctor en Derecho Constitucional; y Pedro Catrain, senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Perdomo considera que aunque la Ley 340-22 entró en vigencia este 28 de julio, la Cámara Alta, si así lo quiere, puede suspender la aplicación, mediante la aprobación del pliego legislativo que busca postergar su entrada en vigencia para el 28 de enero del 2024.

“No, eso es que no quiere el Senado, pero otra cosa es que no se pueda”, precisó el experto en leyes, a la reacción de congresistas que sostienen que esto no es posible. “Una cosa es que ellos no quieran, y otra cosa es que no se pueda”, reiteró.

De su lado, Catrain, quien presidió la comisión bicameral que trabajó la Ley de Extinción de Dominio, aunque secunda a Perdomo en su planteamiento, fue enfático en señalar que no está de acuerdo con una eventual prórroga del plazo.

Argumentó que la Ley no se va a modificar. Recordó que esperó para su entrada en ejecución, tiempo suficiente para presentar cualquier propuesta de modificación, pero sin embargo, no se hizo. “Sería una gran incoherencia postergar más la Ley”, precisó.

Posición de otros

Al opinar sobre el tema, Yván Lorenzo y Ramón Rogelio Genao, voceros en la Cámara Alta de los bloques de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Reformista Social Cristiano (PRSC), respectivamente, creen que a partir de este viernes 28 de julio ya no procede postergar la entrada en vigencia de la controversial Ley.

Genao dijo que la figura de “vacatio legis” es típica en el parlamentarismo, pero que no existe ningún precedente de que se aplace una ley después de su entrada en vigencia.

“Esa ley está en vigencia ya, y ese proyecto que vino de la Cámara de Diputados, ahora, automáticamente lo que manda es rechazarlo, porque tú no puedes poner en suspenso una ley que está vigente; no puedes detener una ley, ya tú te pronunciaste como Congreso. Ese proyecto no tiene sentido”, ponderó.

El senador de La Vega señaló que después de la entrada en vigor de la normativa, no procede mantenerla en suspenso, “eso no existe”.

De forma similar comentó el portavoz peledeísta en la Cámara Alta, quien dijo: “Ya no hay vuelta atrás. Tú puedes solicitar el aplazamiento, hasta que no entre en vigencia, pero una vez entró en vigencia, ya es una ley”, sostuvo.

¿Por qué el Senado no aprobó el proyecto reformador?

Por otra parte, el senador Yván Lorenzo cree que el Senado no se abocó a conocer y aprobar el proyecto de ley que busca aplazar la entrada en vigencia de la Ley 340-22, como hizo la Cámara de Diputados, porque no contaba con los votos necesarios para hacerlo, al tratarse de una ley orgánica.

El representante de Elías Piña afirmó que en la sesión del pasado lunes alertó a los legisladores de oposición de una supuesta intención del Gobierno y de la bancada oficialista de someter y convertir en ley el proyecto modificador, logrando tronchar el propósito.

Explicó que cuando avisó del plan y dijo que se opondría a votar a favor del aplazamiento de la entrada en vigencia de la Ley, los senadores de partidos de oposición se unieron a él, lo que -según él- obligó a los perremeístas y aliados a desistir del intento. “Ellos no tenían mayoría calificada, no tenían los votos suficientes, porque cualquier modificación a esa pieza tenía que ser con una mayoría calificada, y ellos no la tenían”, subrayó.

Contrario a Lorenzo, su homólogo Ramón R. Genao ponderó que el proyecto reformador se envió a comisión porque así establecen los reglamentos, además de que ningún legislador pidió que sea liberado de trámite y se conozca. Explicó que la única forma para refrendar el aplazamiento de la aplicación de la Ley el pasado miércoles era pedir que la iniciativa sea liberada de trámites y declarada de urgencia.

Posturas sobre si la Ley de Extinción de Dominio “cojea” o no

El senador Ramón R. Genao no cree que por el retraso de la aprobación del proyecto sobre bienes incautados, la Ley de Extinción de Dominio esté “coja” y no pueda aplicarse, como se ha dicho.

Considera que pese a la ausencia de esa legislación, la Ley sí se puede aplicar, porque existen entidades en el país que administran los bienes incautados.

En ese sentido, hizo un llamado al Ministerio Público, al Poder Judicial y a la comunidad de abogados para que “aceleren el paso” y se formen con la Ley. Asimismo, se dirigió a la población, para que se empape de la pieza, porque “están obligados” a cumplir sus preceptos.

De su lado, Nassef Perdomo manifestó que la referida legislación sí prevé un régimen institucional para su aplicación, que aunque “no es bueno”, lo contempla.

Dijo que el proyecto de bienes incautados ordena crear el “Incabide” (Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio), una entidad más compleja que las que consigna la Ley de Extinción de Dominio. Destacó que tanto la Ley como el proyecto tienen aspectos que deben ser revisados.

Al ofrecer su versión, el senador Pedro Catrain expuso que la Ley 340-22 y la iniciativa sobre bienes incautados son dos leyes independientes. Cree que tiene los mecanismos para funcionar bien. Subrayó que el proyecto de ley busca regular la distribución de los bienes decomisados a través de un nuevo organismo que va a distribuir el dinero para lucha contra la corrupción, el narcotráfico y planes sociales. Destacó que en la actualidad hay alrededor de 80 millones de dólares incautados que, de sancionar la pieza, serían para hacer un buen servicio al país.

Se recuerda que la Ley de Extinción de Dominio cursó en el Congreso desde el año 2014. La iniciativa perimía al no lograr un consenso entre los legisladores. Sus primeros proponentes fueron los peledeístas Julio César Valentín; Adriano de Jesús Sánchez y Charles N. Mariotti. La legislación se introdujo el 11 de marzo del 2014 y perimió el 12 de enero del 2015; fue reintroducida ese mismo año, pero perimió el 12 de enero del 2016 (tiempo en que cierra la segunda legislatura). Ese año, en 2016, fue depositada por tercera ocasión, se logró su aprobación en segunda lectura el 05 de julio, sin embargo, perimió en la Cámara de Diputados. Finalmente, el órgano bicameral la convirtió en ley en el año 2022.

Reintroducen proyecto de ley sobre bienes incautados y decomisados

Ramón Rogelio Genao informó que junto a al senador Félix Bautista (FP-San Juan) reintrodujo el proyecto de ley para la administración de bienes incautados, secuestrados, abandonados, decomisados y en extinción de dominio, el cual perimió la noche del pasado miércoles en la Cámara Baja.

Genao señaló que en esta legislatura extraordinaria el Senado liberará la iniciativa de todo trámite y la someterá a votación en dos sesiones consecutivas, para remitirla a la Cámara de Diputados. Dijo que es probable que a partir de esta semana que entra suceda esto. “Lo que nosotros buscamos con esto es salvar el trabajo del Senado y el que haya hecho la comisión especial de la Cámara de Diputados, que fue el sitio en donde perimió (…). Procurar que se conozca la ley antes del 15 de agosto”, expuso.

La legislación siempre ha dado de qué hablar

La Ley de Extinción de Dominio ha dado de qué hablar desde que era un proyecto. Entre los debates que más se dieron a conocer, destaca el sí era o no una ley retroactiva; orgánica u ordinaria. Fuerza del Pueblo (FP). La Ley fue una fusión de dos iniciativas legislativas, una de ellas propuesta del senador Antonio Taveras (PRM); y la otra de los senadores Félix Bautista (FP), Yván Lorenzo (PLD) y José Del Castillo (PLD). La pieza tiene por objetivo regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos; establecer el procedimiento que permita hacer dicho instituto efectivo; y definir las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación.

Fuente: el Caribe

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