Economistas opinan alza de precios de marbete plantea un tema jurídico

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Estiman que ha faltado voluntad política para aplicar el 1% sobre el valor de los vehículos, el cual impactaría a los vehículos de lujo, de alta gama, con una carga impositiva significativamente más alta.

  • El experto tributario Alexis Rodríguez también se ha expresado sobre el tema.

El economista Haivanjoe Ng Cortiñas, afirma que el alza del precio del marbete no parece violar el Presupuesto 2026, pero la resolución de la DGII es vulnerable porque mantiene por vía administrativa un esquema de tarifas distinto al aprobado en el Congreso. Precisa que el Presupuesto no fija ni congela tarifas, ya que la Ley 99-25 aprobó estimaciones de ingresos, y la Ley 423-06 impide que sus disposiciones generales creen o modifiquen tributos.

Para el economista la respuesta que debe dar la DGII es con qué base legal se fija esa escala y cómo se calculó esa estimación. Y, si una resolución puede sustituir el sistema de tarifas que fijó el Congreso.

Economista Haivanjoe Ng Cortiñas.
Economista Haivanjoe Ng Cortiñas.Fuente Externa

Señala que el punto débil es la reserva de ley, debido a que la Ley 253-12 fija un impuesto de 1% del valor, con un mínimo y tarifas para el transporte público. No prevé una escala general de RD$2,000 y RD$4,000, agrega.

Aduce que un cambio de reglas para recaudar más es una reforma impositiva ilegal y que el Presupuesto 2026 superó en RD$1,049.5 millones la base de RD$3,525 millones.

Recuerda que es la Constitución quien atribuye al Congreso establecer los impuestos y la DGII administrarlos y aplicar la ley. Además cuestiona la decisión de aplicar un alza de 33% y no el 58.1% que se estimó, cuyo monto “parece una decisión discrecional”.

Indica que la resolución no viola el Presupuesto, pero el Ejecutivo mantiene por vía administrativa un esquema distinto al que aprobó el Congreso. Además, se debe explicar cómo se construyó la estimación de RD$4,574.5 millones.

Luis Manuel Piantini.
Luis Manuel Piantini.Fuente externa

De igual modo, el economista Luis Piantini Munnigh opina que por ley se establece un impuesto del 1% sobre el valor del vehículo según el año y el ajuste por inflación, no un invento de tarifas que la ley solo prevé para vehículos del servicio público.

Recuerda que el artículo 15 de la Ley 253-12, del 9 de noviembre de 2012, establece un impuesto anual de circulación de vehículos equivalente al 1 % de su valor. La DGII sostiene que el párrafo III autoriza el ajuste por inflación. Sin embargo, el impuesto del 1 % previsto en el artículo 15 nunca llegó a aplicarse de manera general, manteniéndose un sistema de tarifas fijas.

Considera que esa disposición merece un análisis jurídico detenido, particularmente desde el principio de legalidad tributaria y la jerarquía de las normas, por lo que observa hay incongruencia y también injusticia social,, ya que en vez de ser a los vehículos públicos se aplica a todos los vehículos para no afectar a los dueños de autos de lujo, de alta gama, y sobre todo a los que son importados con exoneraciones.

Juan Ariel Jiménez.
Juan Ariel Jiménez.Externa

El profesional de la economía y ex ministro Juan Ariel Jiménez afirma que el Gobierno acaba de implementar una reforma fiscal ilegal.

Asegura que el aumento de las tarifas a los vehículos es un costo más a los ciudadanos que además se suma al alza de los precios de los alimentos, que aunque responden a los incrementos internacionales, sin embargo, “los salarios no han aumentado en la misma proporción”.

El ex ministro de Economía dijo que la familia dominicana ha perdido más de RD$3,000 millones de poder adquisitivo desde 2019 a la fecha.

“Entonces, este aumento del incremento del marbete vuelve a darle otro golpe al presupuesto de los dominicanos”, señaló.

Considera necesario hacerse la pregunta de cuál es el sacrificio que hace el Gobierno, en estos momentos con altos precios y donde el único sacrificado no puede ser la familia dominicana.

Asegura que, contrario a esto, el Gobierno se ha aumentado la nómina y el gasto en publicidad, un gasto corriente innecesario.

El gran problema, dijo, es que el Gobierno no termina de ajustarse los pantalones y solo quiere que quien pague los costos de la crisis sea la población.

Esta semana el director general de Impuestos Internos, Pedro Urrutia Sangiovanni, explicó que las nuevas tarifas del marbete responden a un mandato de la Ley 253-12 y, por tanto, no es una reforma encubierta, en una carta enviada al director de Listín Diario Miguel Franjul como respuesta al editorial “Palo Asechao” publicado el 31 de octubre.

Urrutia Sangiovanni explica que esa ley establece el ICV (Impuesto a la Circulación Vehicular), un ajuste por inflación, y montos fijos por antigüedad del vehículo, y esto se hizo en lugar del cobro general del 1% del valor contemplado en esa ley, por lo que como esta resolución no crea impuesto, ni modifica alícuota, “no constituye una reforma tributaria encubierta”. Asimismo, señala que “una mayor recaudación derivada de su cumplimiento no constituye, por sí misma, una infracción presupuestaria”.

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Alexis Rodríguez.
Alexis Rodríguez.Archivo

Experto tributario

El ex presidente y asesor del Consejo Nacional de Consultores Impositivos (Conaci), Alexis Rodríguez, explicó en el artículo ¿Por qué no se aplica el impuesto del 1% a la circulación vehicular establecido en la Ley 253-12?, que el alza es inferior a la inflación acumulada en la última década, y que el esquema de tarifas fijas aplicado en la actualidad debió ser sustituido hace casi 14 años por un impuesto calculado sobre el valor del vehículo, pero no se ha hecho por varias causas.

Precisa que en virtud de los principios de legalidad y seguridad jurídica, esta disposición sigue vigente en el artículo 15 de la Ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, y en la Norma General 03-2013 de la DGII, la cual se encuentra suspendida.

No obstante, afirma que esa disposición “parece diluirse entre el costo político, presión de grupos de interés, doble moral, populismo, falta de voluntad política, indiferencia y un silencio deliberado ante situaciones de coyuntura”.

Esa medida (1%), dijo, sustituirá el marbete fijado en valores absolutos (los actuales RD$2,000 y RD$4,000 establecidos por la Ley 495-06 de Rectificación Tributaria y modificada por la Ley 225-07) y cuando inicie, el valor imponible se determinará mediante la tabla de referencia de la DGII, la cual clasificará los vehículos por tipo y año aplicando una tasa de depreciación anual.

Bajo este esquema porcentual, asegura, el impuesto mínimo a pagar (ajustado por inflación) no podrá ser inferior a RD$1,200 o RD$2,200, según corresponda. Esto implicará que los vehículos de mayor valor y alta gama (contribuyentes con mayor poder adquisitivo) asumirán una carga impositiva significativamente más alta, a pesar de que, en muchos casos, son los que generan menores niveles de contaminación, explicó.

Fuente: Listín Diario